SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2019-S2

Fecha: 07-Ago-2019

denegó

Los Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 13 de marzo de 2019, cursante de fs. 92 a 93 vta., denegó la tutela impetrada, con los siguientes fundamentos: 1) Existe un documento privado de compra y venta de 12 de diciembre de 2017, que de acuerdo a la cláusula cuarta, el pago de la venta debe efectuarse mediante cuotas desde la indicada fecha hasta el 5 de mayo de 2018, quedando un saldo del 50%, correspondiente a la suma de Bs.166 332.- (ciento sesenta seis y mil trescientos treinta y dos bolivianos); 2) A partir de ello y lo manifestado en audiencia se verificó que no está definida la titularidad del derecho de la accionante, puesto que ambas partes reconocieron que no se cumplió con las condiciones del referido contrato; por lo cual tampoco se advierte la vulneración del derecho al trabajo, lo que supone un primer hecho controvertido; 3) El segundo hecho controvertido, va encaminado en el sentido que el bien inmueble ofrecido como garantía por la venta de la Farmacia, no sería de propiedad de la ahora accionante; 4) Otro aspecto, es que la impetrante de tutela simplemente se limitó a presentar pruebas fotográficas sobre la supuesta vulneración al derecho al trabajo, más no demostró que medidas de hecho incurrieron los demandados; y, 5) De acuerdo al contrato existente, se establece que existen derechos controvertidos; por lo que, no es admisible conceder la tutela impetrada.