SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2019-S4

Fecha: 21-Ago-2019

a)

La accionante a través de sus abogados, se ratificó en la demanda de acción de amparo constitucional y ampliando la misma, manifestó lo siguiente: a) Es importante referirse al cumplimiento del principio de subsidiariedad, en el presente caso, se cumplió con todo el proceso administrativo hasta obtener la RM 892/18 que puso fin a la vía administrativa, pese a que las madres gestantes no se encuentran sujetas al referido principio; b) Es a partir del Informe de Verificación de incumplimiento de la “conminatoria de 10 de diciembre de 2018”, que debe computarse el plazo de seis meses a objeto de la interposición de la acción de amparo constitucional, conforme a lo previsto por el art. 129 de la CPE, y siendo que la notificación con la última decisión administrativa o judicial fue el 30 de agosto de 2018, por lo que el plazo vencería el 28 de febrero de 2019, habiendo presentado la demanda el 19 del mismo mes y año; c) Pertenece a un grupo vulnerable y requiere una atención prioritaria, estando vulnerados sus derechos al trabajo relacionado, salud, seguridad social y a la vida; a la estabilidad laboral, a la personalidad, a la capacidad, a la dignidad, a no ser discriminado, a la personalidad y a la capacidad; sin observar lo dispuesto en la Constitución Política del Estado y el Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009; y, d) Solicitó se considere el cambio de línea jurisprudencial realizado por el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de sus Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0047/2018 de 15 de marzo y 0016/2018-S3 5 de igual mes, que superando el criterio de los sueldos devengados deban ordenarse vía ordinaria, aplican el principio de progresividad de los derechos laborales, por lo que ante la concesión de la tutela que ordena el cumplimiento de una conminatoria debe hacerse en su integridad, incluyendo la entrega de subsidios, lactancias y otras asignaciones; asimismo, solicitó en ejecución de sentencia el pago de costas y la reparación de daños y perjuicios.