SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2019-S4
Fecha: 21-Ago-2019
II.1.
II.1. Cursa Nota D-APA- 23/2019 de 16 de febrero, emitida por Carlos Eduardo Ureña Julio, Director, Danir Vaca Núñez, Jefe de Protección y Román Justo Vitron Arévalo, Técnico de Recursos Naturales, todos autoridades del Parque Nacional y Área de Manejo Integrado “AMBORÓ” dependiente del Servicio Nacional de Áreas Protegidas, dirigida a la Asociación Cabañas Cataratas el Jardín de las Delicias –ahora parte solicitante de tutela–, donde se conminó a realizar la paralización de actividades hasta que se presente la documentación respaldatoria al funcionamiento legal de su emprendimiento, puesto que, no se contaría con los permisos legales establecidos por la Dirección de Áreas Protegidas, tampoco con documentación ambiental vigente, existiendo mala disposición de residuos sólidos y líquidos producto del consumo de alimentos de los visitantes, además, de la aguas servidas que sin tratamiento alguno, son vertidas en las aguas del Área Protegida, asimismo, se realizarían cobros de ingreso a los turistas, cuando dicha actividad, es tuición del SERNAP (fs. 3).