Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2019-S1
Fecha: 07-Ago-2019
I.1.3. Petitorio
Solicita se “…declare PROBADA la presente ACCIÓN DE LIBERTAD…” (sic), dejándose sin efecto el Auto de Vista 40/2019, emitido por las autoridades ahora demandadas, debiendo pronunciarse uno nuevo, “…dejando de lado los riesgos procesales previstos en los inc. 1) y 2) del art. 234 de la Ley 1970…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- II.1.
- i)
- Fragmento 8
- art. 233 CPP, para lo que deberá contrastar la solicitud fundamentada del Ministerio Público con los elementos de prueba presentados sobre la concurrencia de los requisitos, en el marco de las normas previstas por los arts. 234 y 235 CPP;
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca; aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR