Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2019-S4
Fecha: 21-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que se vulneraron su derecho a la libertad; toda vez que, la autoridad demandada no remitió el cuaderno procesal para que éste siga el trámite de apelación incidental de medida cautelar ante el Tribunal de alzada, incurriendo en dilación indebida, en inobservancia del plazo establecido en el art. 251 de la norma adjetiva penal.
- Acción de Libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR