SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2019-S1

Fecha: 07-Ago-2019

Fragmento 23

Bajo ese contexto y de los antecedentes establecidos en las conclusiones de este fallo constitucional, se tiene que evidentemente Lidia Mamani Chávez, el 14 de febrero de 2019, en audiencia interpuso recurso de apelación incidental contra la Resolución 84/2019 que desestimó la cesación de su detención preventiva, impugnación que conforme se tiene del Informe de 18 de febrero de 2019 elaborado por David Aguilar Calzada, Auxiliar I del Juzgado de Instrucción Penal Cuarto del departamento de La Paz dirigido a la autoridad judicial ahora demandada, se tiene que, el indicado recurso no podía ser remitido porque la parte apelante no se habría apersonado a dejar las respectivas fotocopias para el armado del legajo y que dicho Juzgado no cuenta con fotocopias otorgadas por el Consejo de la Magistratura, motivo por el cual por providencia de igual fecha la referida autoridad jurisdiccional dispuso que en virtud al aludido Informe deba notificarse a la parte apelante para que de forma inmediata proporcione las fotocopias necesarias para el armado del legajo de apelación, puesto que el mismo no podía ser enviado en originales por no ser de carácter suspensivo (Conclusión II.1 y II.2).