Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2019-S4
Fecha: 28-Ago-2019
I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
Por Auto Constitucional (AC) 0037/2019-RCA de 18 de febrero, cursante de fs. 68 a 73, la Comisión de Admisión de éste Tribunal, con la facultad conferida por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), resolvió revocar la mencionada Resolución, disponiendo que la Jueza de garantías, admita la presente acción de defensa y someta al trámite previsto por ley, debiendo pronunciar resolución en audiencia pública, concediendo o denegando la tutela solicitada, según corresponda en derecho (fs. 68 a 73).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El cumplimiento obligatorio e integral de la conminatoria de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER