Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2019-S4
Fecha: 28-Ago-2019
II.2
II.2. Por memorial del 5 de febrero de 2019, el accionante presentó, apelación incidental contra el Auto de 25 de junio del citado año, en la cual se declaró el abandono de su abogado defensor, y apelación restringida contra la Sentencia S-324/2018, invocando defectos de la misma establecidos en el art. 169 inc. 3); 370 inc. 5), 6) y 11 del CPP, mereciendo el decreto de 6 de febrero de igual año disponiendo el Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz David Kasa Quispe –ahora demandado–, se corra traslado a las partes conforme al 409 del citado Código, (fs. 34 a 41).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela al debido proceso mediante la acción de libertad
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión,
- ) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR