SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Primero - Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Sica Sica del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 41/2019 de 11 de abril, cursante de fs. 9 a 10, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) Dentro del proceso penal seguido contra el accionante, se tiene la Resolución 122/2018, a través de la cual, se denegó la cesación de la detención preventiva del nombrado, misma que no fue objeto de impugnación a través de la apelación incidental conforme prevé el art. 251 del CPP; razón por la que se debe aplicar la subsidiariedad en la acción de libertad; 2) La solicitud que efectúa la parte impetrante de tutela, más parece una de medidas cautelares y no corresponde a una acción de libertad; y, 3) A ello se suma que tampoco el ahora peticionante de tutela demostró que su vida se encuentre en peligro, que esté ilegalmente perseguido, o indebidamente procesado, o indebidamente privado de libertad personal; motivo por el cual no corresponde conceder la presente acción de libertad.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- De manera específica, señaló que el recurso de apelación previsto en el art. 251 del CPP, dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, donde el tribunal superior tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior, invocados en el recurso.
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR