SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2019-S1

Fecha: 12-Ago-2019

Fragmento 17

Por otro lado, el accionante reclama que se mantuvo la detención preventiva en base a la concurrencia de un solo riesgo procesal como es el descrito en el art. 235.2 del CPP, cuando fueron desvirtuados todos los demás riesgos de fuga y obstaculización con la sola presunción de posible influencia en testigos que ni siquiera fueron convocados o habidos por el Ministerio Público. A fin de dilucidar este acto lesivo denunciado, corresponde inicialmente conocer los fundamentos que sustentaron la determinación de los Vocales demandados, para declarar la: “...la ADMISIBILIDAD de la apelación, PARCIALMENTE PROBADA las cuestiones planteadas habiéndose enervado el artículo 235.1 del Código de Procedimiento Penal, subsistiendo el 235.2 del Código de Procedimiento Penal, en el fondo CONFIRMA la Auto Nº 073/2019” (sic), siendo estos los siguientes: