SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2019-S1

Fecha: 26-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 15 de marzo de 2019, presentó un incidente de beneficio de libertad condicional previsto en el art. “173” y siguientes de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, (LEPS) -Ley 2298 de 20 de diciembre de 2001-; por lo que, el Juez de Ejecución Penal Segundo del departamento de Santa Cruz, a través del oficio 109/2019 de 19 de marzo, dispuso que el Director del Centro Penitenciario Palmasola remitiera a su despacho judicial las carpetas y planillas con todos los informes relativos al beneficio de libertad condicional. No obstante dicha solicitud, hasta el presente -se entiende la fecha de interposición de la acción de defensa- el prenombrado así como el Director Departamental de Régimen Penitenciario del citado departamento -ahora demandados- no hicieron llegar la documentación impetrada, pese a ser conminados el 15 de abril del indicado año, a efectos de que remitan todos los informes, demostrando con ello una retardación de justicia que afecta su derecho a la libertad personal, que no puede estar condicionada a un trámite enteramente administrativo, siendo que su libertad condicional “…en el incidente presentado…” (sic) ya fue admitida y el Ministerio Público fue legalmente notificado.