SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La impetrante de tutela a través de su representante sin mandato, considera vulnerados sus derechos a la libertad, al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación, valoración de la prueba e interpretación de la ley, a la celeridad procesal, al acceso a la justicia, a la dignidad humana de los privados de libertad y al estudio; por cuanto, la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba por Auto de Vista de 16 de abril de 2019, declaró improcedente la apelación incidental incoada de su parte, habiendo demorado más de catorce días en remitir el cuadernillo de apelación incidental ante el Juzgado de origen, a fin de que en dicha instancia nuevamente solicite la modificación a su detención domiciliaria; asimismo, refiere que el mencionado Auto de Vista adolece de una debida fundamentación, motivación, valoración probatoria e interpretación de la ley.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR