0776/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0776/2019-S2

Fecha: 04-Sep-2019

En ese entendido, la SCP 0776/2019-S2, debió efectuar el siguiente análisis del caso concreto:

El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la estabilidad laboral por gozar de fuero sindical, argumentado que a través de contratos a plazo fijo, la empresa SINOHYDRO CORPORATION LIMITED, lo contrató para desempeñar el cargo de Chofer y dentro del “Sindicato de Trabajadores de la empresa, ocupó el cargo de Secretario de Vivienda, conforme a la Resolución Administrativa J.D.T.-CH. N° 192/2017 de reconocimiento de Directiva Sindical emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo de Chuquisaca; y luego, a través del Reconocimiento N° 1/2018 emitido por la Federación Sindical de Trabajadores en Construcción de Chuquisaca”, también, llegó a ocupar el cargo de Secretario de Relaciones dentro del Sindicato de Trabajadores Sinohydro Corporation Limited, por el periodo 2018-2019; considera que no podía ser despedido al gozar de estabilidad laboral por fuero sindical, hasta un año después de la finalización su gestión; empero, la empresa demandada lo desvinculó de su fuente laboral el  31 de octubre de 2018; por lo que,  acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Chuquisaca, que emitió la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDT-CH 043/2018, ratificada por Resolución Administrativa J.D.T.                -CH.- 396/18 de 24 de diciembre de 2018, las que pese a haber sido  notificadas personalmente al demandado no fueron cumplidas por éste, con el argumento d que el trabajador, ahora accionante, no fue despedido sino desvinculado en atención al cumplimiento de su contrato laboral.

En ese contexto, más allá de aspectos que puedan ser dilucidados por la justicia laboral o en la vía administrativa, queda claro que pese a existir protección constitucional a la actividad sindical realizada por el accionante, éste fue destituido por el empleador; situación por la que acudió ante la Jefatura Regional de Trabajo de Chuquisaca, alegando violación a su fuero sindical,  a su estabilidad laboral y a los derechos sociales establecidos en el art. 46. I y II; y, art. 49.III de la CPE, mereciendo la Resolución de 27 de noviembre de 2018, que conminó a Shenggai Xi, Subgerente de la empresa SINOHYDRO CORPORATION LIMITED, a proceder a la reincorporación inmediata del peticionante de tutela, más la reposición de todos los derechos sociales así como salarios devengados; Resolución que luego de notificarse al  demandado, fue impugnada por éste en sede administrativa, lo cual no constituye un óbice para su cumplimiento.