AUTO CONSTITUCIONAL 0225/2019-CA
Fecha: 12-Sep-2019
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 31 de julio de 2019, cursante de fs. 25 a 31 vta., los accionantes señalan que fueron denunciados por el supuesto delito de falso testimonio, tipificado por el art. 169 del CP, toda vez que dentro de una medida preparatoria de demanda interpuesta ante el Juzgado Público Civil y Comercial Tercero del departamento de Cochabamba, habrían negado sus firmas en un documento falsificado ideológicamente; empero, luego de un estudio grafológico se llegó a determinar que las mismas les correspondían, cuando ello nunca fue objetado, lo que se negó es el contenido del documento. La norma calificada en la imputación formal es atentatoria a la Constitución Política del Estado, siendo imprescindible establecer su contravención en una de sus partes utilizada forzadamente en su contra, puesto que desconocer sus firmas en un documento adulterado ideológicamente es legítima y atípica.