Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0752/2019-S2
Fecha: 02-Sep-2019
II.2.
II.2. según Conminatoria MTEPS-JDT CO-042/19 de 28 de febrero de 2019, suscrito por Adolfo Arispe Rojas, Jefe Departamental de Cochabamba del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se conminó a la Empresa PIL ANDINA SA a la reincorporación laboral del accionante en el último cargo que venía desempeñando, la cancelación de los salarios devengados y demás derechos laborales que le correspondan hasta el día de su reincorporación efectiva, en el plazo de tres días; conminatoria que no se cumplió por la Empresa, conforme informe de verificación expedido por Escarlen Marvic Vargas, Inspectora, el 18 de marzo de 2019, (fs. 5 a 6 y 9).
- Jefe Nacional de T&I de la Empresa PIL ANDINA SA
- Conminatoria MTEPS-JDT CO-042/19 de 28 de febrero
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se conminará al empleador a la reincorporación inmediata
- IV
- debe hacerse abstracción
- 2)
- 3)
- las conminatorias de reincorporación emitidas por las jefaturas departamentales o regionales de trabajo deben ser cumplidas de manera obligatoria
- por una parte
- Por otra parte
- i)
- como Jefe Nacional de T&I
- CONFIRMAR
- disponen una única instancia