Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0779/2019-S2
Fecha: 04-Sep-2019
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Nicolás Felipe Valdivia Almanza, mediante memorial de 3 de abril de 2019, cursante de fs. 78 a 79 y, en audiencia a través de su abogada, manifestó que no tiene sentido la presente acción de amparo constitucional; toda vez que, al no existir esa medida cautelar, no existe el depósito del dinero en el Juzgado al que fue dirigida la orden, porque fueron cobrados como mandaba la Sentencia, en consecuencia es una medida imposible de cumplir; además, tanto la demanda presentada por el accionante así como la reconvención, fueron rechazadas, determinación que está en apelación en la Sala respectiva; por lo que, solicita se deniegue la tutela.