Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0878/2019-S2
Fecha: 25-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la lesión de su derecho a la libertad; por cuanto, a pesar que la autoridad judicial demandada en audiencia concedió la suspensión condicional de la pena a su favor y ordenó su libertad, no se emitió el mandamiento correspondiente; por lo que, solicita se conceda la tutela y se disponga su inmediata libertad rectificándose los actuados procesales emitidos por el Juez demandado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- MI JUEZ NO LE CONCEDIÓ LA LIBERTAD, PORQUE LO QUE MANIFESTÓ (…) LO DIJO DE MANERA IRÓNICA, PORQUE YA ESTABA CANSADO DE LAS AUDIENCIAS
- concedió
- a)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Personas Adultas Mayores
- enfoques específicos
- Los Estados Parte asegurarán que la persona mayor disfrute del derecho a la libertad y seguridad personal y que la edad en ningún caso justifique la privación o restricción arbitrarias de su libertad
- promoverán medidas alternativas respecto a la privación de libertad
- por la promoción de la libertad
- grupos vulnerables- por lo que el Estado
- III.2. La suspensión condicional de la pena en el Código de procedimiento penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- suspensión condicional de la pena