SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por Resolución 20/2019 de 10 de abril, cursante de fs. 110 a 114, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) Los arts. 210 y 211.I del CPC, establecen los entendimientos respecto de la naturaleza de los autos interlocutorios simples y definitivos; b) El fundamento del incidente de nulidad es la falta de notificación a los ahora accionantes con el interdicto de recobrar la posesión; c) Por la mancomunidad de la prueba, no es posible alegar desconocimiento del proceso precitado; d) El Auto Interlocutorio 30/2019, fue conocido por los peticionantes de tutela el 11 de enero de dicho año, conclusión que se extrae por la afirmación contenida en el memorial de impugnación; e) La resolución precitada debió recurrirse vía reposición con alternativa de apelación, por ende, se utilizó incorrectamente dicho medio de impugnación; f) Si el recurso no fue concedido correctamente por la Jueza a quo, debió compulsarse; y, g) Deben observarse las subreglas de la improcedencia de la acción de amparo constitucional.