SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0547/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0547/2019-S3

Fecha: 04-Sep-2019

concedió

La Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, en su condición de Jueza de garantías, mediante Resolución 07/2019 de 1 de junio, cursante de fs. 73 a 74 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto el mandamiento de apremio librado contra el ahora accionante, hasta que se resuelva la apelación interpuesta contra el Auto Interlocutorio 201 de 13 de mayo de 2019, en base a los siguientes fundamentos: i) El Juez demandado, al no tener argumentos valederos para justificar sus erradas decisiones, evadió responder a las sindicaciones del peticionante de tutela. Su inasistencia -a la audiencia de consideración de esta acción tutelar- no es causa de suspensión, más bien, implica aceptación tácita o en todo caso renuncia a objetar la petición, no siendo posible alegar indefensión; ii) La referida autoridad, aplicó los arts. 213 y 216 del Código Procesal del Trabajo (CPT), ya que habiéndose ejecutoriado la Sentencia ordenó librar el referido mandamiento contra el impetrante de tutela, por lo que dicha determinación es ultra petita; y, iii) Se observaron errores procedimentales en las notificaciones que se practicaron en Secretaría del Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero de Trinidad del Departamento del Beni, cuando este procedimiento solo se da para los declarados rebeldes y, al tratarse de una entidad del Estado la Sentencia debió ser notificada en el domicilio procesal o en el área jurídica de EMAPA, que tenía cinco días para interponer el recurso de apelación; sin embargo, se obviaron todos esos pasos al emitir dicho mandamiento, conculcando su derecho a la locomoción y ejerciendo una persecución indebida.