Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2019-S3
Fecha: 04-Sep-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado ratificó el contenido de su acción de libertad y ampliándolo manifestó que la autoridad demandada inobservó las Sentencias Constitucionales Plurinacionales “0632/2014”, 0689/2014 de 10 de abril y “0011/2018-S3” entre otras, incumpliendo el plazo de veinticuatro horas previsto por norma a efectos de la remisión de la apelación incidental para su consideración y resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro (24) horas.
- REVOCAR