SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2019-S3
Fecha: 11-Sep-2019
1)
Osvaldo Dante Tejerina Ríos, en la audiencia de consideración de la acción de libertad manifestó que: 1) Existe ausencia de motivación y precisión del derecho cuya tutela se solicita; pues, en un primer momento el accionante fue convocado en calidad de testigo para luego establecérsele la condición de investigado, conforme fue acreditado en la audiencia de medidas cautelares; y, 2) Ante la falta de lesión de derechos y garantías constitucionales y al no haberse cumplido con los presupuestos legales, corresponde declarar inadmisible esta acción tutelar.
Gary Coronado Murillo, Fiscal de Materia, en audiencia refirió que el art. 47 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece cuatro presupuestos procesales para la procedencia de esta acción de defensa, uno de los cuales alude al riesgo que pueda correr la vida, aspecto que se puso en duda en el caso específico del accionante por una fundamentación deficiente en su planteamiento, por lo que solicitó se deniegue la tutela impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la denuncia de aprehensión ilegal
- al manifestarse en base a los elementos de convicción recolectados sobre la probabilidad de autoría, la concurrencia de los riesgos procesales concernientes a la fuga y a la obstaculización, y a la sanción establecida para el delito de violación de infante niña, niño y adolescente, cumplió con todos los requisitos exigidos para la emisión de la Resolución de aprehensión en el marco de la facultad conferida a la autoridad fiscal prevista en el art. 226 del CPP, conteniendo el mencionado fallo fiscal la suficiente fundamentación para su emisión y procedencia de la aprehensión dispuesta, evidenciándose por consiguiente la legalidad tanto formal como material de la aprehensión, no habiéndose en dicha actuación vulnerado derecho alguno del accionante
- la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales resulta ser una condición de validez de las resoluciones judiciales, puesto que la credibilidad de la administración de justicia radica básicamente en que las decisiones plasmadas en resoluciones estén debidamente motivadas y fundamentadas
- la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR