SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2019-S3

Fecha: 11-Sep-2019

a)

El accionante a través de su representante, amplió el contenido de su memorial de acción de libertad manifestando que: a) El 16 de febrero de 2019, se inició una investigación penal a raíz de una denuncia efectuada por “una persona” en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz (COTAS) R.L., sin que en ningún momento se establezca o precise qué acción habría cometido para ser considerado como supuesto autor de un hecho delictivo; b) Existe persecución ilegal, ya que el 28 de febrero -no cita año-, el impetrante de tutela acudió al Ministerio Público para prestar su declaración en calidad de testigo y al finalizar la misma fue sorprendido con una orden de aprehensión a la que no se le puso cargo ni fecha, vulnerando el art. 23 de la Constitución Política del Estado (CPE), el cual dispone que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad jurídica personal, que podrán ser restringidas solamente en los límites señalados por ley; c) Asimismo, el art. 193 -no indica normativa a la que pertenece-, señala que toda persona citada como testigo, comparecerá ante el juez o tribunal con la finalidad de declarar la verdad de cuanto conozca y se le pregunte, salvo las excepciones establecidas por ley, no pudiendo ser obligado a declarar sobre hechos que acarreen su responsabilidad penal; y, d) Igualmente, existe falta de motivación y fundamentación, además de no haberse respetado las garantías constitucionales ya que fue aprehendido en calidad de testigo, violentando el principio de objetividad, a pesar de ser un “simple mensajero” se pretende atribuirle “…el cambio de método o de forma de contrato y de provisión de electrodomésticos…” (sic), haciéndole responsable de $us7 700 000.- (siete millones setecientos mil dólares estadounidenses), “…cuando el no llevo ni un solo documento falsificado…” (sic); sin embargo, está detenido por más de tres meses sin poder ejercer su derecho a la defensa, por lo que pide la restitución de su derecho al debido proceso.