Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2019-S3
Fecha: 13-Sep-2019
III.
La accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad física y de locomoción; toda vez que, al haber interpuesto recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 90/2019 de 27 de mayo que rechazó la cesación de la detención preventiva, los Jueces demandados no remitieron los antecedentes ante el Tribunal de alzada para su consideración, habiendo transcurrido más de una semana.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III.
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- es posible activar la vía constitucional, mediante acción de libertad traslativa o de pronto despacho, con la única condición que dicha demora tenga repercusión directa con el derecho a la libertad del encausado,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR