Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2019-S3
Fecha: 13-Sep-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 02/2019 de 12 de junio, cursante de fs. 55 vta. a 59, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ronald Raúl Orozco Rosales en representación sin mandato de Víctor Hugo Medrano Cueto contra Sandra Margarita Parra Flores y Rosario Beatríz Orozco García, Juezas de Instrucción Penal Primera y Segunda -titular y suplente- respectivamente, ambas de la Capital del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.12.
- II.15.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad
- cuya función esencial se traduce en la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares, así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad.
- el objeto de esta acción extraordinaria es garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación,
- la acción de libertad es un medio de defensa extraordinario que puede activarse para impugnar los actos de las autoridades o particulares que se consideren lesivos a los derechos a la libertad y/o a la vida; este último derecho, siempre y cuando se encuentre directamente vinculado con el primero de los citados, para pedir la protección de la vida, el cese de la persecución indebida, el restablecimiento de las formalidades legales o la restitución del derecho a la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR