SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2019-S4
Fecha: 03-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció la vulneración de su derecho a la libertad, a la integridad física, a la vida y a la salud; puesto que, después de haber sufrido un accidente de tránsito en la camioneta de la empresa “Construcciones y Servicios IMAJI”, y ser dado de alta en el Hospital Municipal “Santiago París Ramírez” de San Rafael donde fue atendido; cuando se hizo presente en las instalaciones de la mencionada empresa, el dueño lo increpó y amenazó impidiéndole la salida del lugar; asimismo, lo traslado a las oficinas de un abogado, le quitó su cédula de identidad y le hizo firmar un acuerdo transaccional y reconocimiento de deuda para cancelar Bs32 657.- (treinta y dos mil seiscientos cincuenta y siete bolivianos), en el plazo de seis días; y, una vez que retornaron a la citada empresa, fue encerrado por otros empleados que no le permitieron salir hasta las 15:00, cuando con la ayuda de su hermano, quien aprovecho que se abrieron las puertas de la referida empresa, para dar paso a un vehículo, lo tomó del brazo y logro sacarlo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- la acción de libertad procede no sólo contra autoridades, sino también contra particulares, conforme se desprende del art. 126 de la CPE,
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR