Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2019-S4
Fecha: 03-Sep-2019
la acción de libertad procede no sólo contra autoridades, sino también contra particulares, conforme se desprende del art. 126 de la CPE,
De acuerdo a lo indicado en la SCP 1567/2013 de 16 de septiembre, sobre la posibilidad de interponer la acción de libertad en contra de los particulares, refirió que: “Al respecto, la SCP 0292/2012 de 8 de junio, en el marco de la nueva configuración constitucional, estableció que: ‘…la acción de libertad procede no sólo contra autoridades, sino también contra particulares, conforme se desprende del art. 126 de la CPE, lo que representa un significativo avance respecto al reconocimiento de la eficacia horizontal de los derechos humanos, que implica que éstos deben ser respetados tanto por el poder público como por los particulares’.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- la acción de libertad procede no sólo contra autoridades, sino también contra particulares, conforme se desprende del art. 126 de la CPE,
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR