Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
i)
En consecuencia, corresponde verificar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada; para ello, se desarrollarán los siguientes temas: i) La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y las dilaciones indebidas; ii) El principio de celeridad en las actuaciones procesales sobre medidas cautelares; y, iii) Análisis del caso concreto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- i)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y las dilaciones indebidas
- III.2. El principio de celeridad en las actuaciones procesales sobre medidas cautelares
- realizar
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- III.3. An
- Fragmento 13
- MAGISTRADO