SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

concedió

El Juez de Ejecución Penal Primero del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 280/2019 de 15 de mayo, cursante de fs. 35 a 36 vta., concedió la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) El accionante a través de su abogado expresó que se restringió su libertad, por lo que ante este agravio interpuso recurso de apelación incidental, sin embargo las autoridades demandas no le permiten el derecho de impugnación, toda vez que no cumplen con el principio de celeridad; b) Las autoridades ahora demandadas refieren que la audiencia de consideración de medidas cautelares se prolongó por más de cinco horas, donde ambas partes han interpuesto el recurso de apelación incidental y conminaron a las mismas a proveer las fotocopias para su remisión al Tribunal de alzada; c) El Órgano Judicial provee fotocopias a los juzgados para que notifiquen con las resoluciones a las partes, no para apelaciones incidentales y menos para apelaciones restringidas, que en el presente caso son nueve cuerpos; empero, el plazo previsto en el art. 251 del CPP, es improrrogable y perentorio; y, d) Desde el 9 al 15 de mayo de 2019 trascurrieron más de las veinticuatro horas previstas por los arts. 130 y 251 del CPP; así mismo, se debe considerar que la imputación formal data del 15 de febrero de 2017, habiendo trascurrido más de dos años, estas omisiones provocaron la vulneración del principio de celeridad, perjudicando no solo al accionante sino también a la víctima.