SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2019-S2
Fecha: 17-Sep-2019
denegó
La Sala Constitucional Segunda del departamento de La Paz, mediante Resolución 059/2019 de 8 de abril, cursante de fs. 374 a 378, denegó la tutela; concluyendo que la autoridad demandada no afectó el derecho al debido proceso en sus elementos congruencia, defensa y fundamentación, menos que se haya generado lesión de sus derechos, en base a la línea jurisprudencial de la relevancia constitucional, en mérito de lo cual se tiene que no es suficiente alegar la omisión de pronunciamiento sobre algún aspecto cuestionado, sino que debe demostrarse que de haberse acogido esas postulaciones la resolución hubiese tenido un resultado diferente; además sostuvieron que el Fiscal Departamental de La Paz, al emitir la Resolución FDLP/WEAL-R 20/2018, usó las facultades de los art. 304 con relación al 305.II del CPP; por lo que, asumió las determinaciones que mejor corresponda en resguardo de los derechos e intereses de la sociedad.