Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2019-S1
Fecha: 11-Sep-2019
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El impetrante de tutela denuncia la lesión del derecho al debido proceso en sus elementos de defensa, igualdad procesal y a ser procesado dentro un plazo razonable; citando al efecto los arts. 48, 115.II a 120 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la correspondencia entre los hechos, derechos y petitorio
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR