Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO ACLARATORIO DE LA SCP 0880/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
3)
3) Existe flexibilización de las reglas de la legitimación pasiva; toda vez que, para peticiones de tutela vinculadas con vías de hecho, la parte impetrante de tutela deberá cumplir con esta exigencia; sin embargo, de manera excepcional y siempre y cuando no sea posible la identificación de las personas demandadas, se deberán flexibilizar las reglas de la legitimación pasiva; empero, este presupuesto debe cumplir ciertos requisitos y responder a fundamentos que aseguren un derecho al debido proceso, tanto para la parte accionante como para la demandada, a través de este mecanismo tutelar de defensa.
- REVOCAR
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL VOTO
- supone no solo respetar un conjunto de procedimientos para tomar decisiones, sino que los contenidos de dichas decisiones deben estar ajustados a los derechos, garantías, valores y directrices contenidas en la Constitución Política del Estado (CPE)
- 3)
- II.3. Lo resuelto por la SCP 0880/2019-S1 de 12 de septiembre
- II.4. Análisis del caso concreto
- i)
- los hechos sucedieron el día 04/03/2019 ella ni siquiera estaba presente
- la carga probatoria o probanza de las vías de hecho
- MAGISTRADA