VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0061/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0061/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Fragmento 7

           Conforme a los antecedentes y fundamentos expuestos, la                  DCP 0061/2019, al declarar la compatibilidad sujeta a interpretación de los arts. 29.I y 94.I.10, aplica el “principio de conservación de la norma”. Cuando el control previo de constitucionalidad de los proyectos de normas institucionales básicas, conforme se desarrolló en el Fundamento Jurídico II.1 del presente Voto Disidente, la declaración de compatibilidad condicionada a una interpretación, no opera; toda vez que, al tratarse de un proyecto y no propiamente de una norma, no rige el principio de conservación de la norma”, ya que resulta hasta ilógico pretender preservar algo que todavía no nació a la vida jurídica; razón por la cual, su declaratoria de incompatibilidad tampoco significaría la expulsión del sistema jurídico vigente.