Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2020-RCA
Fecha: 02-Oct-2020
I.2.
Considera lesionados sus derechos a la inamovilidad laboral, estabilidad laboral, al trabajo y el principio de seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 14, 46.1 y 2, 48.IV, 109, 115 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE); 6, 7 y 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); 14 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 8 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Excepción al principio de subsidiariedad respecto a mujeres en estado de gestación y progenitores de menores de un año de edad
- por lo que también podrá acudir directamente ante esta vía, no siendo exigible el agotamiento previo de vías ordinarias o administrativas
- Fragmento 9
- v)