AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2020-CA

Fecha: 09-Oct-2020

I.3. Resolución de la autoridad edil consultante

Por Resolución GAMM 01/2020 de 4 de febrero, cursante de fs. 64 a 67, el Secretario General del Gobierno Autónomo Municipal de Mizque del departamento de Cochabamba, declaró que al no existir proceso administrativo en curso no es aplicable la acción de inconstitucionalidad concreta, si bien la accionante presentó la solicitud de adjudicación de la caseta 18 el 3 de enero de 2020; empero, no cumplió con el requisito exigido por el art. 22 del Reglamento Municipal de Funcionamiento y Arrendamiento de Puestos de Venta del Mercado Central de dicho municipio y departamento que determinó su descalificación por la Comisión de Calificación, revirtiéndose la referida caseta 18 a la entidad municipal en virtud del art. 25 y 38 del citado Reglamento, de manera automática. -Resolución que no fue remitida en revisión a la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional-.