Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2020-S2
Fecha: 13-Oct-2020
Fragmento 4
Alberto Moreira Claros, Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito presentado el 5 de febrero de 2020, cursante a fs. 19 y vta., refirió que el proceso en cuestión no radica en su despacho sino al contrario en el Juzgado de Ejecución Penal Cuarto del citado departamento, despacho que gozaba de la vacación judicial y que si bien estaba en suplencia del referido Juzgado, tal expediente no les fue remitido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad correctiva
- que el hábeas corpus correctivo procede contra los actos lesivos a la integridad personal, integridad que debe entenderse en los planos físico, psicológico y moral, en estrecha conexión con la dignidad humana. Bajo esa perspectiva, no es obtener la libertad de la persona, sino que cesen los maltratos, estado de incomunicación, las condiciones de detención,
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- psicológico
- inhumanas
- CONFIRMAR