SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Juntamente a su familia era propietario de un inmueble ubicado en la zona la Ventilla, final calle 23 de la av. América, barrio Bellavista de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz; sin embargo, el 8 de abril de 2001, en virtud a un deslizamiento perdió la totalidad de su vivienda, los muebles y enseres de uso personal y familiar, acusando a los servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal de dicho departamento y a la exempresa Aguas del Illimani Sociedad Anónima (S.A.), hoy Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (EPSAS) S.A. por la tragedia.

El proceso civil sobre resarcimiento de daños y perjuicios contra las instituciones nombradas, se prolongó por más de quince años, dictándose inicialmente la Sentencia 318/2007 de 30 de julio, disponiendo que las entidades demandadas, paguen al 50% del monto calificado; el cual, equivalía a $us205 003,84.- (doscientos cinco mil tres 84/100 dólares estadounidenses); en ese ínterin, suscribió con EPSAS S.A. un documento transaccional definitivo signado como la Escritura Pública 170/2007 de 30 de octubre, relativo al pago de $us140 000.- (ciento cuarenta mil dólares estadounidenses), determinando en una cláusula que el monto de $us65 003,84.- (sesenta y cinco mil tres 84/100 dólares estadounidenses) no era de responsabilidad de dicha Empresa.