SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2020-S4

Fecha: 06-Oct-2020

I.2.2. Informe del demandado

Jhonny Rivera Paniagua, Director del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, por informe presentado el 31 de enero de 2020, cursante de fs. 9 a 10, señaló que, el mandamiento de detención domiciliaria, según constan en el libro de registros de documentación, ingresó a ese Centro Penitenciario a las 17:42 del 29 de enero de 2020, y fue de su conocimiento a las 17:50 del mismo día, por lo que remitió dicha orden judicial, a la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario para que el área de verificaciones de libertades, archivos y kardex, confirmen la autenticidad del citado mandamiento, y la revisión del file personal del solicitante de tutela, a objeto de informar que el mismo no cuenta con otra orden judicial, que restrinja su derecho a la libertad, conforme la jurisprudencia constitucional aplicable al caso.

Una vez cumplidas estas formalidades, fue informado a las 17:45 del 30 del mismo mes y año, que es viable la ejecución del mandamiento de detención domiciliaria, puesto que a las 15:50 del 31 de enero de 2020, se trasladó al imputado al Juzgado Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Segundo, procediéndose a la entrega del detenido según consta en el acta respectiva. Sin embargo al considerar que la acción de libertad carece de fundamento jurídico, solicitó se deniegue la tutela.