SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 137/19 de 2 de diciembre de 2019, cursante de fs. 114 vta. a 120 vta., denegó la tutela impetrada, en base a los siguientes fundamentos: 1) El impetrante de tutela denunció la incongruencia del fallo emitido por los Vocales demandados, lo que presuntamente le generó vulneración de su derecho al debido proceso; en tal sentido, observó los requisitos de invocación del principio de “auto restricciones”; 2) La SCP 0029/2019-S4 de 1 de abril, estableció los presupuestos formales que se deben cumplirse para que la jurisdicción constitucional revise la labor interpretativa efectuada por la instancia ordinaria, los mismos que incumben ser acatadas de manera simultánea; en ese mérito, el impetrante de tutela si bien identificó los derechos y garantías constitucionales que considera fueron transgredidos; empero, no sostuvo cuál fue la labor interpretativa equivocada de dichas autoridades así como tampoco el nexo de causalidad, incumpliendo los parámetros determinados en la jurisprudencia constitucional; 3) Los demandados, “a la fecha” no se encuentran con competencia suficiente; toda vez que, se recurrió en casación “…el auto de vista que ha resuelto la apelación restringida interpuesta por la parte accionante…” (sic); y, 4)  El precitado, tiene la vía expedita para formular la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, cuantas veces sea necesario en virtud a las causales sobrevinientes que le envisten, careciendo de relevancia constitucional más allá del incumplimiento de los requisitos enunciados.