Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2020-S2
Fecha: 21-Oct-2020
II.1.
II.1. Consta acta de audiencia de consideración de la acción de libertad, celebrada el 6 de diciembre de 2019; en la cual, de la intervención del Juez del Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora demandado- manifestó que “…efectivamente se han presentado solicitudes de cesación a la detención preventiva y las mismas han sido señaladas de acuerdo a la ley 1173, dentro de las 48 hrs.…” (sic [fs. 14 y vta.]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 10
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones