SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2020-S4
Fecha: 16-Oct-2020
I.2.2. Informe de los funcionarios policiales demandados
Sebastián Acero Acero, funcionario policial del Módulo Policial “Piedra Vieja” Zona Achachicala de La Paz, en audiencia aseveró que el día de ayer –7 de marzo de 2019–, a las 15:45, se presentó Patricia Quispe Condori, quien no quiso identificarse, solamente indicó que era asistente del “Sr. Bustillos”, a quien se le explicó lo pertinente al verificar que la citación era para las 10:00; asimismo, aclaró que la representante sin mandato del impetrante de tutela se presentó una semana atrás para que se practique la diligencia de citación; por lo que, fueron personalmente al domicilio señalado, lugar en el que la referida persona les indicó que debían pegarlo en la puerta; empero, le mencionaron que tenía más de una semana “para representar”.
Eliseo Misme Quispe, funcionario policial del Módulo Policial “Piedra Vieja” Zona Achachicala de La Paz, en audiencia afirmó que no actuaron de manera personal, por cuanto las veces que se les presentó la citación después de las veinticuatro horas, procedieron a rechazar dicha diligencia; además, dieron parte de ello a su Jefe de Seguridad, Iván Conde, no pudiendo actuar de manera arbitraria, siendo que su superior les dijo que estaba a destiempo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de los funcionarios policiales demandados
- denegó
- I.3. Trámite procesal
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Solicitud de cesación de la detención preventiva y el rol del Ministerio Público como defensor de la legalidad, garante del respeto de los derechos y garantías; y, encargado de ejercer la acción penal pública
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR