SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2020-S4
Fecha: 16-Oct-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión de delito de abuso sexual, se emitió la Sentencia 07/2018 de 9 de marzo, por la cual fue condenado a diez años de prisión, encontrándose ejecutoriada la misma bajo Auto de 19 de abril del citado año, con mandamiento de condena librado el 2 de mayo de igual año; posteriormente, una vez notificado al Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, el proceso fue radicado en el Juzgado de Ejecución Penal Cuarto del departamento de La Paz, donde mediante Resolución 442/2019 de 19 de septiembre, se declaró probado el incidente que interpuso, concediéndole el beneficio de Redención, estableciendo que el tiempo de condena parcial cumplido sería de siete años, un mes y doce días hasta el 19 de septiembre de 2019, cuyo cómputo fue notificado al referido Penal.
En virtud a ello, el 29 de octubre de igual año, presentó incidente de libertad condicional ante el prenombrado Juzgado, por lo que, a efectos de cumplir con los requisitos para obtener dicho beneficio, se ofició al citado Centro Penitenciario con la finalidad de que se remita el certificado y/o informe de permanencia y conducta, así también se requirió a la junta de trabajo a fin de que informe sobre la labor que realizó encontrándose privado de libertad, oficios con los que se notificó a dicho recinto penitenciario el 22 de noviembre de 2019; empero, los mismos no fueron respondidos de acuerdo a los parámetros solicitados hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, por cuanto simplemente cursa un informe de permanencia desactualizado y no así de trabajo como solicitó el Juez de Ejecución Penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2.
- CONFIRMAR