SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2020-S2

Fecha: 21-Oct-2020

Fragmento 20

Precisado como se encuentra el objeto procesal de la acción de amparo constitucional que nos ocupa, corresponde con carácter previo a la compulsa de la decisión cuestionada, establecer que el solicitante de tutela demanda a través de este medio de defensa al pleno de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca; sin embargo, del contenido de la Resolución de la Comisión Jurídica 11/2019, se advierte que el mismo fue emitido por la Comisión Jurídica de ese Órgano, compuesto por las Asambleistas Heydi Cayo Ata y Sandra Siñani Ferrufino; por lo que, incumbe hacer hincapié en lo establecido por la jurisprudencia transcrita en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, que determina que la legitimación pasiva a objeto de la demanda de esta acción de defensa le corresponde a las autoridades que ocasionaron la presunta lesión de derechos que se alega y que tienen la capacidad de revisarla o modificarla en caso de ser dejada sin efecto.