SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2020-S2

Fecha: 23-Oct-2020

a)

Sarina Guardia Guardia, Fiscal de Materia, presentó informe escrito el 6 de marzo de 2020, cursante a fs. 12 y vta., argumentando lo siguiente: a) La acción de libertad presentada, no tiene relación con lo dispuesto por el art. 125 de la CPE; b) La impetrante de tutela, por memorial de 24 de enero de igual año, pidió fotocopias de las declaraciones de los sindicados de “…TOMAS DE RAZÓN E LIBRO DE RESOLUCIONES…” (sic); pero, estas no se encuentran en las mismas, sino en el cuaderno de investigación, que mereció providencia indicando “…ACLARE SU PETITORIO Y SEÑALE CUAL LA PERTINENCIA DE SU SOLICITUD…” (sic); c) El escrito expuesto el 3 de febrero del señalado año, por el cual reiteró la solicitud de fotocopias, fue decretado dándose curso a la misma; sin embargo, la aludida no acudió al Ministerio Público para coordinar su extensión; y, d) No existió vulneración de derecho como se alegó; por lo que, pidió se deniegue la tutela.