Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
I.2.2. Informe de los demandados
Alan Mauricio Zárate Hinojosa, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, mediante informe escrito presentado el 6 de marzo de 2020, cursante a fs. 13 y vta., manifestó que, el memorial desplegado el 11 de febrero del referido año, consignó Número de Registro Judicial (NUREJ) y caso del Ministerio Público incongruentes; correspondiendo al mismo proceso penal; ya que, en el contenido de la causa se refirió a un delito de robo agravado y en dicha numeración se identificó a un caso de violencia familiar o doméstica, con resolución de rechazo de denuncia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los alcances de la tutela otorgada vía acción de libertad ante procesamiento indebido
- en forma concurrente
- la acción de libertad
- pues cada uno de estos medios de defensa, tienen una naturaleza jurídica diferente y por el principio de seguridad jurídica, debemos respetar su ingeniería jurídica y su plena efectividad
- III.2. Análisis del caso concreto
- necesariamente deben concurrir dos presupuestos de manera simultánea, sin los cuales no es posible ingresar al fondo de la problemática, en razón a la naturaleza jurídica de este medio de defensa tutelar
- CONFIRMAR