SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de robo agravado, el 24 de enero de 2020, solicitó a la mencionada institución, fotocopias simples y legalizadas, la que fue rechazada a fin que aclare su petitorio y pertinencia; sin embargo, dichos aspectos no podían ser exigibles al formar parte de su estrategia de defensa; consecuentemente, el 3 de febrero del mismo año, reiteró dicha pretensión, pero hasta la interposición de esta acción de defensa no obtuvo respuesta; además, los servidores públicos, le indicaron que presente otro memorial; por lo que, consideró que todo ello lesionaría sus derechos a la petición y al acceso a la información, generándole indefensión, retardación de justicia e indebido procesamiento, por estar imputada ilegalmente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los alcances de la tutela otorgada vía acción de libertad ante procesamiento indebido
- en forma concurrente
- la acción de libertad
- pues cada uno de estos medios de defensa, tienen una naturaleza jurídica diferente y por el principio de seguridad jurídica, debemos respetar su ingeniería jurídica y su plena efectividad
- III.2. Análisis del caso concreto
- necesariamente deben concurrir dos presupuestos de manera simultánea, sin los cuales no es posible ingresar al fondo de la problemática, en razón a la naturaleza jurídica de este medio de defensa tutelar
- CONFIRMAR