SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2020-S4

Fecha: 20-Oct-2020

i)

Ante los cuestionamientos efectuados por el Juez de garantías, la impetrante de tutela respondió de la siguiente manera: i) Las autoridades anteriores vendieron la parcela ya que recibieron un pago parcial y el actual recibió el saldo; también, se constituyó en la parcela y verificó que Hernán Blanco Romero está realizando actividades en la misma, porque él lo manifestó voluntariamente, hecho que igualmente le informaron otras personas; ii) Este año los dirigentes presentes se pusieron de acuerdo en vender la parcela y recibieron el 50% del dinero; el año 2012 la expulsaron de la comunidad y en 2019 no se presentó personalmente a estos dirigentes en reunión y nunca le hizo reclamo alguno por escrito sobre las medidas de hecho denunciadas, como tampoco fueron ellos los que le prohibieron ingresar a la comunidad mucho menos a la parcela; hace dos años atrás los dirigentes no le quisieron recibir nada; iii) Vendieron la parcela antes del año 2017 y hace cuatro o cinco años que la está manejando Hernán Blanco Romero ya que es afiliado a la comunidad; y, iv) El Ex Secretario General debe justificar la transición a las autoridades actuales, puesto que maliciosamente confiesa que el lote se asignó a –Rosa Layme–, contradiciéndose sobre este aspecto.