SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 23 de diciembre de 2019, cursante de fs. 154 a 156, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Carlos Guzmán Salinas, Marianela Rocha Ballivián, Miguel Jorge Villavicencio Oliva, Milena Balcázar Meza, Juan Urbano Pereira Olmos y Dimpna Mónica Oporto Terrazas de Pérez Chacón contra Magda Kerdy Aguilera, Rolando Salvatierra Méndez, Mirtha Vaca Matareco, Marcial Queteguari Crespo, Eduardo Flores Queteguari, Durymar Merelis Genaro, Wilson Quiñones Ugarte, Tania Álvarez Inuma, Leonardo Apaza Quispe, Flora Gómez Quea, Osmar Aradiez Grande, Yasmine Eamara Mory, Adriana Campos Padilla, Ronald Tellería Palomequi, Beatriz Navi Villanueva, Roy Suarez Medina, Bella Esther Aguilera Roca, Eliana Rina Acosta Quispe, Oscar Camacho Cuellar y Brid Vega Arredondo, miembros de la Asamblea Legislativa Departamental de Pando.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- Fragmento 7
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- NO EXISTENCIA
- CONFIRMAR