SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
i)
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene la Resolución 053/2019-2020 de 17 de diciembre (Conclusión II.1), emitida por Magda Kerdy Aguilera y Mirtha Vaca Matareco, Presidenta y Secretaria, respectivamente, de la Asamblea Legislativa Departamental de Pando, resolviendo aprobar: i) El Informe Técnico de la Comisión de Constitución, Derechos Humanos y Asuntos Jurídicos ALDP CCDHAJ 017/19-20 de 16 de diciembre de 2019, referido al “…INFORME FINAL DE EVALUACION DE POSTULANTES A VOCALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE PANDO” (sic); y, ii) También, “…la conformación de las CUATRO (4) TERNAS, DE POSTULANTES A VOCALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE PANDO, garantizando que en cada terna haya al menos una mujer y una persona de origen indígena originario campesino” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- Fragmento 7
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- NO EXISTENCIA
- CONFIRMAR