SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2020-S4

Fecha: 20-Oct-2020

1)

Alberto Zeballos Aguilera, Juez Público Mixto Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de El Torno del departamento de Santa Cruz, en forma oral en audiencia, refirió que: 1) Fue responsabilidad del solicitante de tutela, la suspensión de las audiencias de consideración de la cesación a la detención preventiva, pues no proporcionó los recaudos necesarios para operar dicho acto procesal; 2) La Oficial de Diligencias del Juzgado, debe tener el tiempo suficiente para remitir la orden de traslado a la Central de Notificaciones, siendo esa la razón para no haber señalado la audiencia indicada en el plazo de setenta y dos horas; 3) Sólo está permitido poner fecha de audiencia audiencias de salidas alternativas y medidas cautelares, cuando el imputado se encuentre detenido por “otros delitos”; y, 4) Señaló audiencia al efecto solicitado, para el 11 de febrero de 2020 a las 8:30, en razón a tener fijadas audiencias en otros procesos; por ende, pidió se deniegue la tutela impetrada.

El accionante a través de su representante sin mandato denunció la lesión de sus derechos a la libertad, a la defensa, a la tutela judicial efectiva y al principio de igualdad; debido a que, dentro del proceso penal seguido en su contra: 1) El Juez demandado suspendió sin motivo y en forma reiterada, la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva; y, 2) La Oficial de Diligencias del despacho judicial, inventó pretextos para justificar la falta de envío oportuno de la orden de traslado emitida en su favor, del Centro de Penitenciario Santa Cruz Palmasola al Juzgado Mixto Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de El Torno del departamento de Santa Cruz, donde debía efectuarse la referida audiencia.