SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2020-S4

Fecha: 28-Oct-2020

1)

La solicitante de tutela, a través de su abogado, ratifico los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolos señalo que: 1) Se colaboró con la investigación del proceso proponiendo varias diligencias al Fiscal de Materia para el esclarecimiento del hecho, teniendo la seguridad de que el delito jamás se cometió porque dentro del cuaderno de investigaciones no existe ni un testigo o prueba que demuestre que Arnoldo Rober Roca Pérez estaba en posesión ya que solo alegó ser propietario; 2) Hicieron conocer al Fiscal de Materia que la accionante tiene registrado en DD.RR. la inscripción de su predio desde el 2009 estando en posesión continua desde ese entonces y antes de ella su madre a partir de 1960; 3) Se hizo una petición al director funcional de la investigación amparada en el art. 312 del Código de Procedimiento Penal (CPP), misma que el Fiscal de Materia sin fundamentar el decreto al memorial presentado rechazó, no dando ha lugar, situación por la cual presentaron un recurso de reposición a ese proveído; y, 4) Solicitaron desde el inicio de investigación al Ministerio Público que se cite a María Isabel Eguez Roca, siendo la mencionada, la presunta vendedora de la propiedad a Arnoldo Rober Roca Pérez para que aclare dónde queda ubicado el predio en litigio, lo cual habría sido negado por el Fiscal de Materia sin fundamento alguno.